Area | Título | |
| Contratación:Real Decreto |
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| Contratación:Real Decreto-Ley |
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| Contratación:Resolución |
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| Cultura:Estatutos |
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| Cultura:Orden |
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| Cultura:Real Decreto-Ley |
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| Deporte:Estatutos |
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| Deporte:Leyes orgánicas |
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| Deporte:Real Decreto |
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| Deporte:Resolución |
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| Economía:Decreto-Ley |
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| Economía:Leyes |
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| Economía:Orden |
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| Economía:Real Decreto |
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| Real Decreto 835/2003, De 27 De Junio, Por El Que Se Regula La Cooperación Económica Del Estado A Las Inversiones De Las Entidades LocalesLa Constitución de 1978 impone al Estado el deber de promover un desarrollo económico armonioso que garantice el principio de solidaridad. Esta exigencia explica que estos criterios hayan inspirado la configuración del sistema de cooperación económica del Estado a las inversiones de las entidades locales, cuya regulación reglamentaria se encuentra contenida, principalmente, en el Real Decreto 1328/1997, de 1 de agosto. El principio de solidaridad tiene un contenido primario de naturaleza económica, que obliga a velar por el establecimiento de un equilibrio económico, adecuado y justo, entre las diversas partes del territorio español; de ahí el deber constante de procurar la superación de las desigualdades territoriales en el desarrollo económico, esfuerzo que en el ámbito local se lleva a cabo principalmente mediante la contribución a dotaciones en infraestructura tales como las redes de transporte, de abastecimiento de energía eléctrica, instalaciones sociales, culturales y deportivas y, en general, todos aquellos equipamientos caracterizados por ser eminentemente públicos. Fecha: 12/07/2003 Tipo: Real Decreto Area: Economía Estado: Vigente
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| Real Decreto 1911/2004, De 17 De Septiembre, Por El Que Se Aprueba El Plan Estadístico Nacional, 2005-2008De conformidad con lo establecido en el artículo 7 de la Ley 12/1989, de 9 de mayo, de la Función Estadística Pública, y con lo establecido en la disposición adicional cuarta de la Ley 4/1990, de 29 de junio, modificada por la disposición adicional segunda de la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, las estadísticas incluidas en el Plan Estadístico Nacional son de cumplimentación obligatoria, sin perjuicio de que serán de aportación estrictamente voluntaria y, en consecuencia, sólo podrán recogerse previo consentimiento expreso de los interesados los datos susceptibles de revelar el origen étnico, las opiniones políticas, las convicciones religiosas o ideológicas y, en general, cuantas circunstancias puedan afectar a la intimidad personal o familiar. Fecha: 02/10/2004 Tipo: Real Decreto Area: Economía Estado: Vigente
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| Real Decreto 2063/2004, De 15 De Octubre, Por El Que Se Aprueba El Reglamento General Del Régimen Sancionador TributarioEl ejercicio de la potestad sancionadora regulada en el título IV de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, se ajustará a las normas de procedimiento y demás disposiciones de desarrollo contenidas en este reglamento. Lo dispuesto en este reglamento también se aplicará en el ámbito de competencia normativa del Estado, de forma supletoria y en aquello en que resulte procedente, a la imposición de sanciones tributarias distintas de las establecidas en la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. Fecha: 28/10/2004 Tipo: Real Decreto Area: Economía Estado: Vigente
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| Real Decreto 2388/2004, De 30 De Diciembre, Por El Que Se Fija El Salario Mínimo Interprofesional Para 2005El salario mínimo para cualesquiera actividades en la agricultura, en la industria y en los servicios, sin distinción de sexo ni edad de los trabajadores, queda fijado en 17,10 euros/día o 513 euros/mes, según que el salario esté fijado por días o por meses Fecha: 31/12/2004 Tipo: Real Decreto Area: Economía Estado: Vigente
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| Real Decreto 939/2005, De 29 De Julio, Por El Que Se Aprueba El Reglamento General De RecaudaciónEste reglamento regula la gestión recaudatoria de los recursos de naturaleza pública en desarrollo de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, y de las demás leyes que establezcan aquellos. Fecha: 02/09/2005 Tipo: Real Decreto Area: Economía Estado: Vigente
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