Area | Título | |
| Medio Ambiente:Orden |
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| Movilidad Tráfico y Transportes:Bases |
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| Movilidad Tráfico y Transportes:Leyes |
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| Movilidad Tráfico y Transportes:Orden |
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| Movilidad Tráfico y Transportes:Real Decreto |
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| Real Decreto 892/2024, De 10 De Septiembre, Por El Que Se Aprueba El Reglamento De Vehículos HistóricosFecha: 18/09/2024 Tipo: Real Decreto Area: Economía,Movilidad Tráfico y Transportes Estado: Vigente
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| Real Decreto 184/2022, De 8 De Marzo, Por El Que Se Regula La Actividad De Prestación De Servicios De Recarga Energética De Vehículos EléctricosFecha: 19/03/2022 Tipo: Real Decreto Area: Movilidad Tráfico y Transportes Estado: Vigente
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| Real Decreto 265/2021, De 13 De Abril, Sobre Los Vehículos Al Final De Su Vida Útil Y Por El Que Se Modifica El Reglamento General De Vehículos, Aprobado Por El Real Decreto 2822/1998, De 23 De DiciembreFecha: 14/04/2021 Tipo: Real Decreto Area: Movilidad Tráfico y Transportes Estado: Vigente
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| Real Decreto 563/2017, De 2 De Junio, Por El Que Se Regulan Las Inspecciones Técnicas En Carretera De Vehículos Comerciales Que Circulan En Territorio EspañolFecha: 09/06/2017 Tipo: Real Decreto Area: Movilidad Tráfico y Transportes Estado: Vigente
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| Real Decreto 866/2010, De 2 De Julio, Por El Que Se Regula La Tramitación De Las Reformas De VehículosConstituye el objeto de este real decreto la regulación del procedimiento para la realización y tramitación de las reformas efectuadas en vehículos después de su matriculación definitiva en España con el fin de garantizar que tras la reforma se siguen cumpliendo los requisitos técnicos exigidos para su circulación. Fecha: 14/07/2010 Tipo: Real Decreto Area: Movilidad Tráfico y Transportes Estado: Vigente
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| Real Decreto 170/2010, De 19 De Febrero, Por El Que Se Aprueba El Reglamento De Centros De Reconocimiento Destinados A Verificar Las Aptitudes Psicofísicas De Los ConductoresFecha: 03/03/2010 Tipo: Real Decreto Area: Movilidad Tráfico y Transportes Estado: Vigente
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| Real Decreto 818/2009, De 8 De Mayo, Por El Que Se Aprueba El Reglamento General De Conductores La conducción de vehículos de motor y ciclomotores por las vías y terrenos a que se refiere el artículo 2 del texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, exigirá haber obtenido previamente el permiso o la licencia de conducción, sin perjuicio de las habilitaciones complementarias que, además, en su caso, sean necesarias. Fecha: 08/06/2009 Tipo: Real Decreto Area: Movilidad Tráfico y Transportes Estado: Vigente
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| Real Decreto 1544/2007, De 23 De Noviembre, Por El Que Se Regulan Las Condiciones Básicas De Accesibilidad Y No Discriminación Para El Acceso Y Utilización De Los Modos De Transporte Para Personas Con DiscapacidadCondiciones básicas de accesibilidad y utilización de los distintos modos de transporte para personas con discapacidad. Fecha: 04/12/2007 Tipo: Real Decreto Area: Bienestar Social,Movilidad Tráfico y Transportes Estado: Vigente
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| Real Decreto 505/2007, De 20 De Abril, Por El Que Se Aprueban Las Condiciones Básicas De Accesibilidad Y No Discriminación De Las Personas Con Discapacidad Para El Acceso Y Utilización De Los Espacios Públicos Urbanizados Y EdificacionesFecha: 11/05/2007 Tipo: Real Decreto Area: Movilidad Tráfico y Transportes,Turismo Estado: Vigente
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| Real Decreto 1428/2003, De 21 De Noviembre, Por El Que Se Aprueba El Reglamento General De Circulación Para La Aplicación Y Desarrollo Del Texto Articulado De La Ley Sobre Tráfico, Circulación De Vehículos A Motor Y Seguridad Vial, Aprobado Por El Real Decreto Legislativo 339/1990, De 2 De MarzoLa disposición final segunda de la Ley 19/2001, de 19 de diciembre, de reforma del texto articulado de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 demarzo, establece que el Gobierno, en el plazo máximo de seis meses desde la entrada en vigor de dicha reforma, procederá amodificar el Reglamento General de Circulación, aprobado por el Real Decreto 13/1992, de 17 de enero, para adecuarlo a las modificaciones contenidas en dicha reforma. Este real decreto trasciende dicho mandato legislativo, pues aparte de su cumplimiento, la magnitud de las reformas que precisa el Reglamento General de Circulación, aprobado por el Real Decreto 13/1992, de 17 de enero, aconseja la promulgación de uno nuevo, en el que además se refundan las modificaciones anteriores efectuadas por el Real Decreto 116/1998, de 30 de enero, que adaptó el Reglamento General de Circulación a la Ley 5/1997, de 24 de marzo, también de reforma del texto articulado de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, como, asimismo, el Real Decreto 1333/1994, de 20 de junio, y el Real Decreto 2282/98, de 23 de octubre, que modificó el Reglamento General de Circulación en materia de alcoholemia. Fecha: 23/12/2003 Tipo: Real Decreto Area: Movilidad Tráfico y Transportes Estado: Vigente
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| Real Decreto 318/2003, De 14 De Marzo, Por El Que Se Modifica El Reglamento De Procedimiento Sancionador En Materia De Tráfico, Circulación De Vehículos A Motor Y Seguridad Vial, Aprobado Por Real Decreto 320/1994, De 25 De Febrero, Para Adaptarlo A La Ley 19/2001, De 19 De Diciembre, De Reforma Del Texto Articulado De La Ley Sobre Tráfico, Circulación De Vehículos A Motor Y Seguridad Vial, Aprobado Por Real Decreto Legislativo 339/1990, De 2 De MarzoFecha: 14/03/2003 Tipo: Real Decreto Area: Movilidad Tráfico y Transportes Estado: Vigente
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| Real Decreto 443/2001, De 27 De Abril, Sobre Condiciones De Seguridad En El Transporte Escolar Y De MenoresLas condiciones de seguridad previstas en este Real Decreto se aplicarán:
a.A los transportes públicos regulares de uso especial de escolares por carretera, cuando al menos la tercera parte, o más, de los alumnos transportados tuviera una edad inferior a dieciséis años en el momento en que comenzó el correspondiente curso escolar.
b.A aquellas expediciones de transportes públicos regulares de viajeros de uso general por carretera en que la mitad, o más, de las plazas del vehículo hayan sido previamente reservadas para viajeros menores de dieciséis años.
c.A los transportes públicos discrecionales de viajeros en autobús, cuando tres cuartas partes, o más, de los viajeros sean menores de dieciséis años.
d.A los transportes privados complementarios de viajeros por carretera, cuando la tercera parte, o más, de los viajeros sean menores de dieciséis años.
ENTRADA EN VIGOR:el día 1 de septiembre de 2001. Fecha: 27/04/2001 Tipo: Real Decreto Area: Movilidad Tráfico y Transportes Estado: Vigente
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| Real Decreto 137/2000, De 4 De Febrero, Por El Que Se Modifica El Reglamento De Procedimiento Sancionador En Materia De Tráfico, Circulación De Vehículos A Motor Y Seguridad Vial, Aprobado Por Real Decreto 320/1994, De 25 De FebreroFecha: 04/02/2000 Tipo: Real Decreto Area: Movilidad Tráfico y Transportes Estado: Vigente
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| Real Decreto 2822/1998, De 23 De Diciembre Por El Que Se Aprueba El Reglamento General De VehículosLa presente disposición ha sido sometida al procedimiento de información en materia de normas y reglamentaciones técnicas previsto en la Directiva 83/189/CEE, del Consejo, de 28 de marzo y sus modificaciones, así como en el Real Decreto 1168/1995, de 7 de julio, por el que se regula la remisión de información en materia de normas y reglamentaciones técnicas. Fecha: 23/12/1998 Tipo: Real Decreto Area: Movilidad Tráfico y Transportes,Medio Ambiente Estado: Vigente
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| Real Decreto 320/1994, De 25 De Febrero, Por El Que Se Aprueba El Reglamento De Procedimiento Sancionador En Materia De Tráfico, Circulación De Vehículos A Motor Y Seguridad VialFecha: 25/02/1994 Tipo: Real Decreto Area: Movilidad Tráfico y Transportes Estado: Vigente
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| Real Decreto 1211/1990, De 28 De Septiembre, Por El Que Se Aprueba El Reglamento De La Ley De Ordenación De Los Transportes TerrestresSe modifican los artículos 3, 7.2, 8.1, 8.4, 9, 16, 17, 18.1, 19, 20, 22, 23, 28.3, 29, 31.1, 36.1, 37.c, 38, 41, 43, 47.4, 48, 50.1, 52, 54, 55, 63, 65.1.d, 67, 68, 69.1.a, 70, 72.4, 73.2, 74, 75.1, 77, 78, 79, 80, 81, 82, 83, 84, 85, 86, 87, 88, 90, 91, 92, 94.3, 95, 96, 97, 106, 108, 110, 111, 112, 113, 114, 115, 116, 117, 118, 119, 123, 124, 125, 126.3, 127, 135.2, 139, 156.2, 157.b, 158, 159.1, 170.1, 175, 177.a, 178, 180, 183, 184, 185, 186, 187, 193, 197, 198, 199, 200, 201, 202, 203, 204, 205, 206, 207, 208, 209, 210, 211, 212, 213, 214, 215.4, 216, 219.2 y 222 del Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, aprobado por Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, y se añade, al mismo, un nuevo apartado 3 en el artículo 4, un nuevo apartado 4 en el artículo 64 y un nuevo apartado 3 en el artículo 71, los cuales quedan redactados de la siguiente forma: Fecha: 08/10/1990 Tipo: Real Decreto Area: Movilidad Tráfico y Transportes Estado: Vigente
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