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| Reglamento De Honores Y DistincionesLa Muy Noble, Muy Leal, Nombrada, Grande, Celebérrima y Heroica Ciudad de Granada, por acuerdo de su Ayuntamiento Pleno y en USO de las facultades concedidas por la Constitución Española de veintinueve de Diciembre de mil novecientos setenta y ocho y la Ley de Régimen Local 7185 de dos de Abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y artículos 189 a 191 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 2.568/1.986, de 28 de Noviembre, y aprueba que se observen y se guarden las distinciones y honores que como reconocimiento público y ciudadano merezcan en forma excepcional, a quiénes por sus actuaciones o su trabajo en relación con la Ciudad de Granada se hayan hecho acreedores. Se determina el régimen por el que se deberá regir su concesión y se reconocen sus correspondientes honores y prerrogativas. Area: Relaciones Institucionales. Ambito: Local. Tipo: Reglamentos. Fecha: 29/06/1990 Estado: Vigente Tamaño:10 kb
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 | 1989:07-(Julio) |
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 | 1989:02-(Febrero) |
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 | 1988:11-(Noviembre) |
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 | 1988:01-(Enero) |
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 | 1987:08-(Agosto) |
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 | 1987:04-(Abril) |
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 | 1986:11-(Noviembre) |
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 | 1986:04-(Abril) |
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 | 1986:01-(Enero) |
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 | 1985:06-(Junio) |
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 | 1985:01-(Enero) |
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| Ley 30/1984, De 2 De Agosto, De Medidas Para La Reforma De La Función PúblicaEl Gobierno cree que el horizonte de todo cambio en la legislación funcionarial ha de venir establecido por las bases del Régimen Estatutario de los Funcionarios Públicos, que, en desarrollo del artículo 149.1.18 de la Constitución, es preciso dictar. Tales bases, referidas al conjunto de los funcionarios de todas las Administraciones Públicas, constituirán el nuevo marco de la Función Pública derivado de nuestra Constitución. El Gobierno se propone sin tardanza abordar su elaboración y envío a las Cámaras. Area: Recursos Humanos. Ambito: Nacional. Tipo: Leyes. Fecha: 02/08/1984 Estado: Vigente Tamaño:2 kb
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 | 1983:08-(Agosto) |
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 | 1983:04-(Abril) |
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Los textos consolidados no tienen validez oficial y no sustituyen a los publicados en los diarios oficiales, que son los únicos instrumentos que dan fe de su autenticidad