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| Decreto 186/2003, De 24 De Junio, Por El Que Se Amplía La Delimitación Del Conjunto Histórico De Granada, Declarado Conjunto Histórico-Artístico Mediante Real Orden De 5 De Diciembre De 1929La ampliación de la delimitación del Conjunto Histórico de Granada se fundamenta en el reconocimiento de la ciudad histórica como Bien de Interés Cultural, determinado por la existencia de dos Conjuntos Históricos, el de Granada (Real Orden de 5 de diciembre de 1929, por el que se declara a Granada Conjunto Histórico-Artístico, y Decreto 85/1993, de 29 de junio, por el que queda delimitado el Ámbito afectado por la declaración del Conjunto Histórico) y el de la Alhambra y Generalife (incoado mediante Resolución de 24 de enero de 1989). De esta manera, se pretende establecer el régimen de protección mediante una única declaración, por considerarse más adecuado a la actual situación tutelar y cultural de la ciudad... Area: Cultura. Ambito: Andaluz. Tipo: Decretos. Fecha: 24/07/2003 Estado: Vigente Tamaño:5951 kb
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 | Real Decreto 836/2003, De 27 De Junio, Por El Que Se Se Aprueba Una Nueva Instrucción Técnica Complementaria «Mie-Aem-2» Del Reglamento De Aparatos De Elevación Y Manutención, Referente A Grúas Torre Para Obras U Otras Aplicacionesse se aprueba una nueva Instrucción técnica complementaria «MIE-AEM-2» del Reglamento de aparatos de elevación y manutención, referente a grúas torre para obras u otras aplicaciones. y se aprueba el nuevo texto modificado y refundido de la Instrucción técnica complementaria "MIE-AEM-4" del Reglamento de aparatos de elevación y manutención, referente a grúas móviles autopropulsadas. Area: Urbanismo Obras y Licencias. Ambito: Nacional. Tipo: Real Decreto. Fecha: 17/07/2003 Estado: Vigente Tamaño:2 kb
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| Decreto 168/2003, De 17 De Junio, Por El Que Se Aprueba El Reglamento De Actividades ArqueológicasEl nuevo Reglamento regula en su Título I aquellas condiciones que están presentes en todas las autorizaciones de actividades arqueológicas, con el objetivo de que la investigación revierta en un aumento y cualificación del conocimiento histórico de nuestro pasado y presente. Seguidamente
se desarrolla la tipología de las actividades arqueológicas, definiendo las modalidades que usualmente se emplean en la normativa urbanística y en los expedientes de protección del patrimonio, con objeto de unificar terminología y criterios. Area: Cultura. Ambito: Andaluz. Tipo: Decretos. Fecha: 15/07/2003 Estado: Vigente Tamaño:274 kb
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 | Real Decreto 835/2003, De 27 De Junio, Por El Que Se Regula La Cooperación Económica Del Estado A Las Inversiones De Las Entidades LocalesLa Constitución de 1978 impone al Estado el deber de promover un desarrollo económico armonioso que garantice el principio de solidaridad. Esta exigencia explica que estos criterios hayan inspirado la configuración del sistema de cooperación económica del Estado a las inversiones de las entidades locales, cuya regulación reglamentaria se encuentra contenida, principalmente, en el Real Decreto 1328/1997, de 1 de agosto. El principio de solidaridad tiene un contenido primario de naturaleza económica, que obliga a velar por el establecimiento de un equilibrio económico, adecuado y justo, entre las diversas partes del territorio español; de ahí el deber constante de procurar la superación de las desigualdades territoriales en el desarrollo económico, esfuerzo que en el ámbito local se lleva a cabo principalmente mediante la contribución a dotaciones en infraestructura tales como las redes de transporte, de abastecimiento de energía eléctrica, instalaciones sociales, culturales y deportivas y, en general, todos aquellos equipamientos caracterizados por ser eminentemente públicos. Area: Economía. Ambito: Nacional. Tipo: Real Decreto. Fecha: 12/07/2003 Estado: Vigente Tamaño:19 kb
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| Decreto 202/2003, De 8 De Julio, Por El Que Se Define El Concepto De Vivienda De Protección Pública A Los Efectos De La Ley 7/2002, De 17 De Diciembre, De Ordenación Urbanística De Andalucíase define en el presente Decreto el concepto de vivienda protegida por su calificación como tal por la Administración Autonómica al amparo de los Planes de Vivienda y Suelo. Además, permite declarar vivienda protegida a estos efectos aquella otra distinta de las anteriores con el mismo destino, fines generales y características, salvo las de diseño, que excepcionalmente propongan las Entidades Locales. Por último, establece limitaciones al valor de los terrenos destinados en suelo residencial, a la construcción de viviendas de protección oficial u otros regímenes de protección pública. Area: Urbanismo Obras y Licencias. Ambito: Andaluz. Tipo: Decretos. Fecha: 11/07/2003 Estado: Vigente Tamaño:4 kb
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 | Decreto 165/2003, De 17 De Junio, Por El Que Se Aprueba El Reglamento De Inspección, Control Y Régimen Sancionador De Espectáculos Públicos Y Actividades Recreativas De AndalucíaEl presente Reglamento regula la inspección y control de los establecimientos públicos y de los espectáculos y actividades recreativas que se celebren en los mismos, que abarca las comprobaciones del cumplimiento de las condiciones técnicas exigibles para el otorgamiento de las preceptivas autorizaciones o licencias por la Administración competente para su concesión; las funciones de policía y control cuando el espectáculo o actividad está celebrándose; las inspecciones que se realicen para verificar que los establecimientos públicos, los espectáculos y actividades recreativas están debidamente autorizados y reúnen las adecuadas condiciones técnicas y de seguridad y se adecuan a la autorización concedida en su día y la adopción de las medidas de restablecimiento de la legalidad. Y por último, el ràgimen sancionador aplicable a los mismos comprendiendo las medidas provisionales y sancionadoras que se consideren pertinentes para asegurar el cumplimiento de los deberes, prohibiciones y limitaciones establecidos
en la Ley. Area: Medio Ambiente. Ambito: Andaluz. Tipo: Decretos. Fecha: 09/07/2003 Estado: Vigente . Grupo: Sancionador ConsumoTamaño:356 kb ,Decreto 165/2003, De 17 De Junio, Por El Que Se Aprueba El Reglamento De Inspección, Control Y Régimen Sancionador De Espectáculos Públicos Y Actividades Recreativas De AndalucíaEl presente Reglamento regula la inspección y control de los establecimientos públicos y de los espectáculos y actividades recreativas que se celebren en los mismos, que abarca las comprobaciones del cumplimiento de las condiciones técnicas exigibles para el otorgamiento de las preceptivas autorizaciones o licencias por la Administración competente para su concesión; las funciones de policía y control cuando el espectáculo o actividad está celebrándose; las inspecciones que se realicen para verificar que los establecimientos públicos, los espectáculos y actividades recreativas están debidamente autorizados y reúnen las adecuadas condiciones técnicas y de seguridad y se adecuan a la autorización concedida en su día y la adopción de las medidas de restablecimiento de la legalidad. Y por último, el ràgimen sancionador aplicable a los mismos comprendiendo las medidas provisionales y sancionadoras que se consideren pertinentes para asegurar el cumplimiento de los deberes, prohibiciones y limitaciones establecidos
en la Ley. Area: Medio Ambiente. Ambito: Andaluz. Tipo: Decretos. Fecha: 09/07/2003 Estado: Vigente . Grupo: Disciplina de ActividadesTamaño:356 kb
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| Orden De 12 De Junio De 2003, Por La Que Se Modifica La De 22 De Mayo De 2000, Por La Que Se Fijan Las Vedas Y Períodos Hábiles De Caza En El Territorio De La Comunidad Autónoma De Andalucía. Una vez estudiada en profundidad la situación de las diferentes especies cinegéticas, (a través de los censos realizados por esta Consejería para las especies de caza mayor y menor), así como el análisis de las condiciones meteorológicas imperantes durante la temporada 2002-2003 y los últimos datos científicos y técnicos obtenidos sobre determinadas especies cinegéticas, se establecen una serie de modificaciones con respecto a la temporada anterior con el objeto de mejorar la gestión de las diferentes poblaciones. Area: Junta de Andalucía. Ambito: Andaluz. Tipo: Orden. Fecha: 02/07/2003Tamaño:203 kb
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 | 2003:05-(Mayo) |
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 | 2003:03-(Marzo) |
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 | 2003:01-(Enero) |
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 | 2002:11-(Noviembre) |
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 | 2002:09-(Septiembre) |
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 | 2002:07-(Julio) |
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 | 2002:05-(Mayo) |
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 | 2002:03-(Marzo) |
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 | Ley Órganica 1/2002, De 22 De Marzo, Reguladora Del Derecho De AsociaciónEl derecho de asociación proyecta su protección desde una doble perspectiva ; por un lado, como derecho de las personas en el ámbito de la vida social, y, por otro lado, como capacidad de las propias asociaciones para su funcionamiento.
La Ley, a lo largo de su articulado y sistemáticamente ubicadas, expresamente desarrolla las dos facetas.
En cuanto a la primera, aparecen los aspectos positivos, como la libertad y la voluntariedad en la constitución de las asociaciones, paralelamente a la contemplación de la titularidad del derecho a constituir asociaciones, sin perjuicio de las condiciones que para su ejercicio establece la legislación vigente, y los derechos inherentes a la condición de asociado ; y los negativos, que implican que nadie pueda ser obligado a ingresar en una asociación o a permanecer en su seno.
La segunda recoge la capacidad de las asociaciones para inscribirse en el Registro correspondiente ; para establecer su propia organización en el marco de la Ley ; para la realización de actividades dirigidas al cumplimiento de sus fines en el marco de la legislación sectorial específica ; y, finalmente, para no sufrir interferencia alguna de las Administraciones, como tan rotundamente plasma el apartado 4 del artículo 22 de la Constitución, salvo la que pudiera venir determinada por la concurrencia de otros valores, derechos o libertades constitucionales que deban ser objeto de protección al mismo tiempo y nivel que el derecho de asociación. Area: Bienestar Social,Participación ciudadana. Ambito: Nacional. Tipo: Leyes orgánicas. Fecha: 26/03/2002 Colectivo: Población general Estado: Vigente Tamaño:35 kb
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| Real Decreto 287/2002, De 22 De Marzo, Por El Que Se Desarrolla La Ley 50/1999, De 23 De Diciembre, Sobre El Régimen Jurídico De La Tenencia De Animales Potencialmente Peligrososel presente Real Decreto establece el catálogo de los animales de la especie canina que pueden ser incluidos dentro de la categoría de animales potencialmente peligrosos(BOE 74, 27/03/02) Area: Salud. Ambito: Nacional. Tipo: Real Decreto. Fecha: 22/03/2002 Estado: Vigente . Grupo: AmbientalTamaño:10 kb ,Real Decreto 287/2002, De 22 De Marzo, Por El Que Se Desarrolla La Ley 50/1999, De 23 De Diciembre, Sobre El Régimen Jurídico De La Tenencia De Animales Potencialmente Peligrososel presente Real Decreto establece el catálogo de los animales de la especie canina que pueden ser incluidos dentro de la categoría de animales potencialmente peligrosos(BOE 74, 27/03/02) Area: Salud. Ambito: Nacional. Tipo: Real Decreto. Fecha: 22/03/2002 Estado: Vigente . Grupo: Sancionador SaludTamaño:10 kb
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 | Real Decreto 236/2002 De 1 De Marzo, Por El Que Se Establece La Hora De VeranoEl comienzo y el fin del periodo de la hora de verano de cada año se determinarán con arreglo a lo que se dispone en los artículos siguientes Area: Leyes de Interés. Ambito: Nacional. Tipo: Real Decreto. Fecha: 01/03/2002 Estado: Vigente Tamaño:6 kb
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 | 2002:02-(Febrero) |
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 | 2001:12-(Diciembre) |
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