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Actualización de la cuantía de las horas extraordinarias e indemnización por razón del servicio, 2024.
Visto expediente
núm. 2.942/2024 de Recursos Humanos relativo a la
actualización de la cuantía de las horas extraordinarias e indemnización por razón del servicio, 2024.
Visto el informe emitido por el Director General de Recursos Humanos, en el que se indica:
“Primero.- Conforme a lo dispuesto en el artículo 127.1.h) de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local, corresponde a la Junta de Gobierno Local la aprobación de las retribuciones del personal, de acuerdo con el presupuesto aprobado por el Pleno.
Segundo.- Con fecha 27 de junio
(BOE núm. 155) se ha publicado
el Real Decreto-ley 4/2024, de 26 de junio, por el que se prorrogan determinadas medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo y se adoptan medidas urgentes en materia fiscal, energética y social y establece en su artículo 6 un aumento del 2 por ciento de las retribuciones del personal del Sector Público, con efectos de 1 de enero de 2024, que se calculará sobre los valores retributivos vigentes a 31 de diciembre de 2023.
Asimismo, con fecha 28 de junio (BOE num. 156) se ha publicado resolución de la Secretaria de Presupuestos y Gastos por la que se dictan instrucciones sobre el pago al personal del Sector Público Estatal del incremento retributivo del 2 por ciento para el año 2024 previsto en el artículo 6 del Real Decreto-ley 4/2024.
Tercero.- En consecuencia procede la actualización de los valores económicos que inciden en las retribuciones del personal municipal, siguiendo lo dispuesto en el citado Real Decreto 4/2024, de 27 de junio,
es decir, partiendo de los valores establecidos para 2023 incrementándolos en un 2,00%, resultando lo siguiente:
I.- AYUDAS SOCIALES (se mantienen los valores del año 2018, ya que las sucesivas Leyes de Presupuestos han impedido su incremento):
II.- HORA EXTRAORDINARIA, según distintos grupos:
GRUPO | SERVICIO EXTRAORDINARIO
LABORABLE- DIURNO
(Lunes a Sábado,
de 7’00 h. a 22’00 h.) | SERVICIO EXTRAORDINARIO
FESTIVO O LABORABLE-NOCTURNO
(Domingos y Festivos 24 h.
Resto de días de 22’00 h. a 7’00 h.) |
Incr. 2,00% sobre 2.023 | | |
Subgrupo A1 | 43,15 € | 61,65 € |
Subgrupo A2 | 31,83 € | 45,48 € |
Grupo B | 28,60 € | 40,85 € |
Subgrupo C1 | 28,26 € | 40,37 € |
Subgrupo C2 | 25,07 € | 35,81 € |
Grupo E | 20,19 € | 28,84 € |
III.- Indemnizaciones por razón del servicio (art. 27 del vigente Acuerdo/Convenio):
- Artículo 27.1.1: Estructuración Jornada laboral 24 y/o 31 de diciembre.
* 175,95 € incrementado en el 2%= 179,47 €.
- Artículo 27.1.2: Estructuración Jornada laboral 24 y/o 31 de diciembre (dos turnos).
* 290,24 € incrementado en el 2%= 296,05 €.
- Artículo 27.2: Asistencia a juicios.
* 85,57 incrementado en el 2% = 87,28 €.
Por todo ello se estima procedente, y así a propuesta del Teniente de Alcalde Delegado de Recursos Humanos, Organización, Ciudad Inteligente, Digitalización e Innovación, la Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes
acuerda:
Primero.- Modificar los acuerdos de Junta de Gobierno Local núm. 191 de fecha 16 de febrero y núm. 258 de 1 de marzo del presente año, de actualización de los valores económicos de las horas extraordinarias y de las indemnizaciones por razón del servicio.
Segundo.- Actualizar, con efectos de 1 de enero de 2024, el valor de las horas extraordinarias e indemnizaciones por razón del Servicio previstas en el artículo 27 del vigente Acuerdo/Convenio Regulador de Relaciones entre la Corporación y el Personal de este Ayuntamiento.