Area | Título | |
| Ocupación de vía pública:Protocolo |
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| Participación ciudadana:Leyes |
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| Participación ciudadana:Leyes orgánicas |
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| Participación ciudadana:Real Decreto |
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| Participación ciudadana:Reglamentos |
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| Patrimonio:Leyes |
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| Patrimonio:Leyes orgánicas |
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| Patrimonio:Real Decreto |
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| Real Decreto Legislativo 781/1986, De 18 De Abril, Por El Que Se Aprueba El Texto Refundido De Las Disposiciones Legales Vigentes En Materia De Régimen LocalPara el cumplimiento de sus fines, los Ayuntamientos, en representación de los Municipios, las Diputaciones u otras Corporaciones de carácter representativo, en representación de las Provincias, y los Consejos y Cabildos, en representación de las Islas, tendrán plena capacidad jurídica para adquirir, poseer, reivindicar, permutar, gravar o enajenar toda clase de bienes, celebrar contratos, establecer y explotar obras y servicios públicos, obligarse, interponer los recursos establecidos y ejercitar las acciones previstas en las leyes. Fecha: 22/04/1986 Tipo: Real Decreto Area: Servicios Generales,Patrimonio Estado: Parcialmente Derogada Queda derogado por la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público. BOE núm. 89, de 13 de abril de 2007, el capítulo III del título VII.
Queda derogado Título VIII y disposiciones transitoria 8 y finales 1 a 4, inciso final de la 5 y la 7.2, por Ley 39/1988, de 28 de diciembre.
Por Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. BOE núm. 236, de 2 de octubre de 2015
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| Real Decreto Legislativo 2/2004, De 5 De Marzo, Por El Que Se Aprueba El Texto Refundido De La Ley Reguladora De Las Haciendas LocalesTienen la consideración de bases del régimen jurídico financiero de la Administración local, dictadas al amparo del artículo 149.1.18 de la Constitución, los preceptos contenidos en esta Ley, con excepción de los apartados 2 y 3 del artículo 186, salvo los que regulan el sistema tributario local, dictados en virtud de lo dispuesto en el artículo 133 de la Constitución y los que desarrollan las participaciones en los tributos del Estado a que se refiere el artículo 142 de la Constitución; todo ello sin perjuicio de las competencias exclusivas que corresponden al Estado en virtud de lo dispuesto en el artículo 149.1.14 de la Constitución. Fecha: 09/03/2004 Tipo: Real Decreto Area: Leyes de Interés,Patrimonio Estado: Vigente
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| Real Decreto Legislativo 1/1996, De 12 De Abril, Por El Que Se Aprueba El Texto Refundido De La Ley De Propiedad Intelectual, Regularizando, Aclarando Y Armonizando Las Disposiciones Legales Vigentes Sobre La MateriaLa propiedad intelectual de una obra literaria, artística o científica corresponde al autor por el solo hecho de su creación. Fecha: 12/04/1996 Tipo: Real Decreto Area: Patrimonio Estado: Vigente
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| Real Decreto 1373/2009, De 28 De Agosto, Por El Que Se Aprueba El Reglamento General De La Ley 33/2003, De 3 De Noviembre, Del Patrimonio De Las Administraciones PúblicasEl presente Reglamento tiene por objeto el desarrollo de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas. Fecha: 01/01/2009 Tipo: Real Decreto Area: Patrimonio Estado: Vigente
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| Real Decreto 111/1986, De 10 De Enero, De Desarrollo Parcial De La Ley 16/1985, De 25 De Junio, Del Patrimonio Histórico EspañolEl Consejo del Patrimonio Histórico, la Junta de Calificación, Valoración y Exportación de Bienes del Patrimonio Histórico Español y los demás órganos colegiados que se determinan en el presente título intervienen en la aplicación de la Ley del Patrimonio Histórico Español con las funciones que en la propia Ley y en este Real Decreto se les atribuyen Fecha: 24/01/1986 Tipo: Real Decreto Area: Patrimonio Estado: Vigente
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| Real Decreto 224/2016, De 27 De Mayo, Por El Que Se Desarrolla El Régimen Jurídico De Las Obras HuérfanasLa Estrategia Europa 2020, de 3 de marzo de 2010, estableció, en línea con el objetivo de crear un mercado único de la propiedad intelectual y como una de sus iniciativas más relevantes, el desarrollo de una Agenda Digital para Europa. Dicho documento tenía como una de sus medidas claves el establecimiento de un marco jurídico que facilitase la digitalización y divulgación de aquellas obras y otras prestaciones protegidas por derechos de autor o derechos afines, y cuyos titulares de derechos no hayan sido identificados o, si lo han sido, no estén localizados. A estas obras se las denomina obras huérfanas. Fecha: 11/06/2016 Tipo: Real Decreto Area: Cultura,Patrimonio Estado: Vigente
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| Patrimonio:Resolución |
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| Policía Local:Leyes orgánicas |
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| Policía Local:Orden |
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| Policía Local:Real Decreto |
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| Policía Local:Resolución |
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| Presidencia:Real Decreto |
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| Prevención de Riesgos Laborales:Leyes |
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| Prevención de Riesgos Laborales:Orden |
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| Prevención de Riesgos Laborales:Real Decreto |
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| Protección Civil:Leyes |
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| Protección Civil:Real Decreto |
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| Protección Civil:Real Decreto Legislativo |
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