(Se incluye Corrección de errores de la Resolución de 29 de enero de 2014, de la Dirección General de Relaciones Laborales, por la que se completa el contenido de la de 4 de diciembre de 2013, por la que se publican las Fiestas Locales de los municipios de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2014. Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 75 de 21/04/2014)
BOJA número 243 de 13/12/2013
Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo
Resolución de 4 de diciembre de 2013, de la Dirección General de Relaciones Laborales, por la que se determinan las fiestas locales de los municipios de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2014.
El artículo 37.2 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, dispone que las fiestas laborales, que tendrán carácter retribuido y no recuperable, no podrán exceder de catorce al año, de las cuales dos serán locales.
Conforme con lo establecido en el artículo 46 del Real Decreto 2001/1983, de 28 de julio, sobre regulación de jornadas de trabajo, jornadas especiales y descansos, modificado por el Real Decreto 1346/1989, de 3 de noviembre, la autoridad laboral competente determinará hasta dos días de cada año natural con carácter de fiestas locales que por tradición les sean propias en cada municipio, a propuesta del Pleno del Ayuntamiento correspondiente.
Por Decreto 52/2013, de 14 de mayo, se determina el Calendario de Fiestas Laborales de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2014, indicando en su artículo tercero que la propuesta de cada municipio de hasta dos Fiestas Locales se realizará ante la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, en la forma prevista en la Orden de la Consejería de Trabajo de 11 de octubre de 1993, en el plazo de dos meses a contar desde día siguiente al de la publicación en el BOJA de dicho Decreto.
En el Anexo de la presente Resolución se incluye la relación de fiestas acordadas por el Pleno de los Ayuntamientos, comunicadas a la Autoridad Laboralm sin perjuicio de la posible publicación posterior de la Resolución que contenga la relación de fiestas del resto de Entidades Locales de Andalucía.
En uso de las facultades que me están conferidas en virtud de lo dispuesto por el Decreto de la Presidenta 4/2013, de 9 de septiembre, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, y conforme a su disposición transitoria primera de Subsistencia de estructuras vigentes, esta Dirección General.
ACUERDA
Publicar en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el Anexo que se acompaña, en el que se contienen la relación de fiestas locales en los respectivos Municipios de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del año 2014, como días inhábiles para el trabajo, retribuido y no recuperables.
Sevilla, 4 de diciembre de 2013.- El Director General, Manuel Gabriel Pérez Marín.
Corrección de errores: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 75 de 21/04/2014
Corrección de errores de la Resolución de 29 de enero de 2014, de la Dirección General de Relaciones Laborales, por la que se completa el contenido de la de 4 de diciembre de 2013, por la que se publican las Fiestas Locales de los municipios de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2014.
Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00046241.
Publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 24, de 5 de febrero de 2014, la Resolución de 29 de enero de 2014, de la Dirección General de Relaciones Laborales por la que se publican las Fiestas Locales de los municipios de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y advertido error en el Anexo de la misma, en la página núm. 24, se procede a la subsanación mediante la presente corrección de errores:
Donde dice:
Tarifa 16-julio 9-septiembre.
Debe decir:
Tarifa 16-julio 8-septiembre.