EDICTO
D. VITO RAFAEL EPISCOPO SOLIS CONCEJAL DELEGADO DE RECURSOS HUMANOS, ORGANIZACIÓN, CIUDAD INTELIGENTE, DIGITALIZACIÓN E INNOVACIÓN,
HACE SABER: Que con fecha 18 de Abril de 2024 he aprobado la siguiente INSTRUCCIÓN SOBRE ANTICIPOS DE NÓMINA DEL PERSONAL MUNICIPAL:
A la vista del acuerdo adoptado por el Pleno Municipal respecto a la aprobación definitiva de los Presupuestos Municipales para el año 2023 con fecha 5 de abril de 2024 y publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada número 67 , de 9 de abril de 2024, y de conformidad con lo previsto en la Base nº 26.2 de las Bases de Ejecución del mismo, en el que se regulan los anticipos de nóminas al personal municipal, y en el que se expresa que «las solicitudes se presentarán a través del portal del empleado, conforme a las instrucciones que emanen del Área de Recursos Humanos...», procedería dictar Instrucción al respecto por el Sr. Concejal Delegado competente en materia de Recursos Humanos, en la que se recoja el procedimiento siguiente:
PROCEDIMIENTO:
1.- SOLICITUD
Las personas interesadas solicitarán el anticipo de nómina a través del Portal del Empleado/Permisos y Licencias, en la pestaña de Notificaciones/Enviar notificaciones.
Al abrir la pestaña de «Enviar notificaciones», la persona interesada deberá rellenar lo siguiente:
- Fecha a la que se refiere la notificación (introducir la fecha en que se solicita)
- Mensaje: deberá introducirse el importe de anticipo de nómina que se solicita.
- Para terminar, las persona solicitante deberá pulsar «Enviar»
2.- PLAZO
El plazo de presentación será desde el día 25 hasta el último día hábil del mes inmediato anterior sobre el que se solicita dicho anticipo.
3.- INSTRUCCIÓN
Por la Sección de Nóminas se emitirá informe el primer día hábil del mes sobre el que se ha solicitado el anticipo, adjuntándose el fichero para la formalización del pago por la Intervención de Fondos Municipales y se le remitirá ese mismo día relación comprensiva del personal municipal que haya solicitado anticipo de mes y el anticipo concedido. Asimismo, se remitirá copia de dicha información a la Tesorería General Municipal.
En el informe emitido por la Sección de Nóminas deberá hacerse constar que el devengo del haber líquido de la nómina del mes corriente sea suficiente para el reembolso del anticipo mediante compensación en la propia nómina de dicho mes.
Asimismo deberá hacerse constar que el anticipo solicitado no supera el 75% de los haberes líquidos mensuales normalizados, teniendo en cuenta que tienen tal consideración: el sueldo, los trienios, el complemento de destino, el complemento específico y la carrera profesional horizontal si esta se abonase en igual periodo.
También habrá de tenerse en cuenta que en los meses de junio y diciembre se podrá incrementar el mismo en un porcentaje igual en relación a la paga extraordinaria y la paga adicional de complemento específico y que el importe concedido será reintegrado en la nómina del mes que corresponda.
4.- RESOLUCIÓN
Los anticipos de mes solicitados por el personal municipal de los haberes correspondientes a la nómina del mes corriente son de concesión automática, sin necesidad de resolución expresa.
5.- EFECTOS DEL SILENCIO
Desestimatorios.
Lo que se hace público para general conocimiento de todo el personal del Ayuntamiento de Granada, haciendo constar que toda la información relativa en dichas instrucciones es de obligado cumplimiento
Granada,
firmado electrónicamente
CONCEJAL DELEGADO DE RECURSOS HUMANOS,
ORGANIZACIÓN, CIUDAD INTELIGENTE, DIGITALIZACIÓN E
INNOVACIÓN
Fdo.: D. Vito Rafael Epíscopo Solís